La Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, que promueve, protege y asegura el goce pleno de todos los derechos humanos y libertades, acaba de adquirir rango constitucional.
El Boletín Oficial publicó el 22 de diciembre la ley 27044 que otorga jerarquía constitucional a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), promulgada en 2006 y ratificada por el Estado argentino en 2008 y convertida en ley 26.378.
De este modo, el documento que se propone “promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales para todas las personas con discapacidad, y promover su dignidad inherente”; acuña la expresión ”persona con discapacidad” anteponiendo la calidad de persona a cualquier circunstancia y llama la atención sobre las barreras físicas y actitudinales que determinan las limitaciones, se convierte en norma supralegal.
En su articulado, la convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad desarrolla conceptos como igualdad y no discriminación, toma de conciencia, accesibilidad, derecho a la vida, acceso a la justicia, libertad y seguridad, protección contra todo trato cruel, abuso o explotación, derecho a la salud, a la educación y al trabajo, respeto a la privacidad, libertad de expresión y plena participación en la vida social y comunitaria, entre otros.